Grave situación en Derecho Humanos - Tame - Arauca

Denuncias públicas

    Grave Situación de Derechos Humanos en Tame - Arauca 

 

 

Valledupar, Colombia, 18 de Junio de 2015                                                                        

Doctor                                                                          

JORGE ARMADO OTÁLORA GÓMEZ  

Defensor del Pueblo – Colombia                                                                                              

Calle 55 N° 10 – 32                                                                                                            

  Bogotá D.C.                                                                              

 E.         S.         D.

De nuestra mayor consideración:

Ref: Acompañamiento para salvaguardar los derechos humanos.                                                                              

Principio de distinción en la población civil.

                              

FINCA LA PALMA, VEREDA SAN JOSÉ DE MORICHAL DOS – MUNICIPIO DE TAME - DEPARTAMENTO DE ARAUCA - REPUBLICA DE COLOMBIA  VIOLACIONES//DDHH/DDFF

 

ANALISIS: ACCIÓN HUMANA ONG/OSC 

CASO CONCRETO

ACCIÓN HUMANA POR LA PAZ Y LOS DERECHOS HUMANOS,  NIT. 900.436.306-5, ONG Internacional, centra sus esfuerzos en el apoyo y asistencia Psicosocial, Jurídica y Humanitaria, a personas en riesgo de vulnerabilidad, sin distinción de raza, sexo, religión, política, clase social y sin ánimo de lucro, en las zonas más golpeadas por la violencia en Colombia y el mundo entero. El trabajo se enfoca en la prevención del desplazamiento y fortalecimiento de la familia, mediante acciones humanitarias, promoviendo los Derechos Humanos y la Reconciliación en comunidades afectadas por la violación de los Derechos Humanos y los Derechos Fundamentales, que son por lo general las poblaciones Afrocolombianas, Indígenas, Campesinas, las mujeres y la niñez. Por una Cultura de Paz y no Violencia, conforme al Artículo 1° de la Resolución 53/243 de la Asamblea General de la ONU del 13 de Septiembre de 1999. 

GILBERTO RODRIGUEZ YEPES, mayor de edad, colombiano en ejercicio, identificado con C.C. 5.007.987, en mi condición de Alto Nivel de Representante Legal, Director General en Colombia, de ACCIÓN HUMANA Organismo Internacional No Gubernamental de Derechos Humanos, de manera respetuosa por medio del presente escrito, allego a Usted, en su Digno Despacho, con el objeto de manifestarle que dentro del escenario del acompañamiento que como órgano humanitario venimos realizando con nuestra presencia en las comunidades y poblados vulnerables y en grupos familiares más desfavorecidas en el territorio colombiano. 

En virtud de nuestra misión de velar por los intereses sociales, la lucha por la construcción, defensa, difusión, promoción, observancia de los Derechos Humanos y la democracia, en el mismo escenario través de nuestras bases de Paz, hemos recibido información del estado de vulnerabilidad al “principio de distinción en la población civil” de la comunidad de la vereda San José de Morichal II, Municipio de Tame - Arauca, la cual fue verificada por dos (2) activistas defensores de derechos humanos, Agentes Educativos Voluntarios miembros de ACCIÓN HUMANA-ONG: se encontraron con la situación que el  lunes 15 de junio de 2015, en su casa de habitación Finca La Palma, vereda San José de Morichal II, Municipio de Tame - Arauca, fue asesinada la campesina LUZ DARY FANDIÑO VELÁZQUEZ, cuando miembros del ejército nacional atacaron por tierra y aire, al parecer, a integrantes de las guerrillas de las FARC EP.

La comunidad certificó que la señora LUZ DARY FANDIÑO VELÁZQUEZ, era muy querida en la comunidad, era una humilde campesina de 37 años de edad, madre de dos niñas de 12 y 13 años, y de un joven que resulta paradójico hecho respecto a que él, está prestando el servicio militar            en dicha Brigada 18 de Arauca, la señora FANDIÑO VELÁZQUEZ, quien toda su vida habitó en esa comunidad y es reconocida por su dedicación al trabajo comunitario y de su hogar, fue presentada a través de los medios regionales y nacionales de comunicación como una guerrillera dada de baja en combate.

Un hermano de la víctima, quien había llegado con sus tres obreros desde las 6:00 de la mañana y se encontraba en la finca haciendo labores agrícolas quiso averiguar por la suerte de sus familiares pero miembros del Ejército y la Policía Nacional, se lo impidieron, e incluso lo estigmatizaron, señalándolo de guerrillero y amenazándolo con matarlo si se movía del lugar. Solo hasta la 1:00 p.m., se enteró del asesinato de su hermana cuando un policía le informó que “Luz Dary fue muerta en combate”. Así mismo, la casa fue allanada y las víctimas denuncian la pérdida de una suma de dinero.

OTRO HECHO RELEVANTE

En otro hecho, el 16 de junio de 2015, a las 5:00 a.m., en la vereda Sitio Nuevo del municipio de Fortul-Arauca, se presentó un enfrentamiento entre fuerzas del Estado y miembros de una organización rebelde, cerca de una casa de habitación donde se hallaban dos mujeres una de 19 y otra de 47 años junto a sus dos (2) hijos y tres (3) nietos, todos menores de edad, la casa resultó impactada por las balas cuestión que generó zozobra y temor en sus habitante, además, ésta familia fue retenida ilegalmente desde las 5:30 a.m. hasta la 1:30 p.m., cuando miembros de la Junta de Acción Comunal y defensores de Derechos Humanos, intercedieron para que pudieran movilizarse. Durante ese tiempo la señora fue intimidada, reseñada, fotografiada y amenazada con ser llevada detenida por cómplice de los subversivos, y de ser alejada de los niños quienes serían entregados al ICBF.

Estos nuevos hechos, que violentan gravemente los derechos fundamentales de las comunidades e infringen de manera radical las normas y principios del Derecho Internacional Humanitario, evidencian que a pesar de los alardes que sobre la paz se hacen en todas las esferas, la realidad cotidiana de los pobladores en los campos y ciudades en medio del conflicto armado sigue siendo crítica, y muy lejos estamos de vivir el tan mencionado post-conflicto.

Por ello reiteramos el llamado a los actores del conflicto armado, a respetar el Derecho Internacional Humanitario, de manera especial, los principios de distinción “Las partes en conflicto deben distinguir en todo momento entre la población y los combatientes. Los ataques deben ser dirigidos únicamente contra los combatientes y no contra la población civil. Se hará también distinción entre los bienes civiles y los objetivos militares. Los ataques no pueden ser dirigidos contra los bienes civiles”,  de protección “las personas que no participan en las hostilidades no deben, en circunstancia alguna, ser atacadas; por el contrario, deben ser respetadas y protegidas”, y no reciprocidad “El DIH es de obligatorio cumplimiento para las partes. Por lo tanto, ninguno puede justificar su incumplimiento argumentando que las otras partes en conflicto están violando las prescripciones establecidas.”

Postura y Solicitudes

 

Primero-. ACCIÓN HUMANA-ONG, respetuosamente solicitamos a la Defensoría del Pueblo, representada legalmente por el Doctor JORGE ARMADO OTÁLORA GÓMEZ, para que se inicie el debido acompañamiento en salvaguardar los derechos humanos, a lo cual estamos prestos en acompañar nosotros como Misión Humanitaria de Acción Humana-ONG, a las personas humanas en vulnerabilidad que conforman la comunidad de la vereda San José de Morichal II, municipio de Tame - Arauca  y si es el caso la intervención y apoyo del ICBF. 

 

Segundo-. Exigimos el respeto por los Derechos Humanos y DIH, por las partes en conflicto; consideramos una petición de  difícil cumplimiento, pero la población civil no puede seguir sufriendo las heridas.

 

Tercero-. Solicitamos a la Defensoría del Pueblo, compulsar copia a la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, a fin de esclarecer la condición social por la que fue asesinada la señora LUZ DARY FANDIÑO VELÁZQUEZ, a fin de que su muerte no quede en la impunidad.

 

Cuarto-. A la Procuraduría General de la Nación, adelantar la investigación disciplinaría por el homicidio de la señora LUZ DARY FANDIÑO VELAZQUEZ.     

 

Quinto-. Copia de la presente será entregada a LA FUNDACIÓN POR EL MEDIO AMBIENTE Y LA PAZ EN COLOMBIA (FUMPAZ)  y otras organizaciones de Derechos Humanos en el mundo. 

Contacto: Cel. 310 7255789

Visita: https://www.facebook.com/accionhumana.ddhh

Notificación: Carrera 34 D N°18 A2 – 27 

Ciudad de los Santos Reyes de Valledupar, Cesar.  

     

Atentamente,

 

Doctor GILBERTO RODRIGUEZ YEPES

Código de Registro AH5007987

Director General en Colombia

ACCIÓN HUMANA POR LA PAZ Y LOS DERECHOS HUMANOS

ONG INTERNACIONAL

 

Revisado Asesor Jurídico Abogado Dr. Silvio Álvarez  Almenarez                                                                                                                                         Desarrollo de Personas: Alex Daniel Rodríguez Yepes

 

 

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